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Boletín de Actualidad Laboral N°326
17 junio 2024
SE DICTAN IMPORTANTES PRONUNCIAMIENTOS SOBRE LA LEY KARIN Y LA LEY DE CONCILIACIÓN.
Recientemente la Dirección del Trabajo entregó su interpretación de la Ley Nro. 21.643 (“Ley Karin”), sobre la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, que modifica tanto el Código del Trabajo como otros cuerpos legales para hacerlo también aplicable al sector público, que entra a regir el 01 de agosto de 2024; y de la Ley Nro. 21.645, sobre la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, que comenzó a regir el 29 de enero de 2024. Además, la Superintendencia de Seguridad Social (Circular Nro. 3813) estableció el protocolo tipo que deberán implementar las empresas para la aplicación de la “Ley Karin”. En PARRAGUEZ, MARÍN & DEL RÍO + BUDASIS, explicamos los principales aspectos a considerar en la implementación de estas dos importantes normativas para las relaciones laborales: